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Ministerio de Agricultura y Riego prohíbe importación y registro del herbicida Paraquat

13 de julio de 2020
en Actualidad
Ministerio de Agricultura y Riego prohíbe importación y registro del herbicida Paraquat
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Desde el 2021 no podrá comercializarse, distribuirse o fabricarse plaguicidas con este ingrediente activo.

El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), anunció que a partir de mañana estará prohibida la importación y registro del herbicida Paraquat, un compuesto presente en 18 formulaciones de plaguicidas registrados en el Senasa. Solo a los que estén en tránsito al Perú antes de la norma se les permitirá su ingreso al país. Cuatro de estas formulaciones están clasificadas como altamente peligrosas y uno como extremadamente peligros, según la tabla de plaguicidas peligrosos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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La Resolución Directoral 0057-2020-Minagri-Senasa-Diaia, publicada en el diario El Peruano indica a su vez que a partir del 12 de julio del próximo año estará prohibido el uso, comercialización, distribución o fabricación de plaguicidas químicos agrícolas que contengan como ingrediente activo al Paraquat.

Esta norma está acorde al informe de la Digesa-Minsa que, en la ficha de seguridad química, califica a este ingrediente como altamente tóxico y mortal en caso de inhalación, tóxico al contacto con la piel o ingestión, y además puede provocar en los humanos irritación ocular grave y dañar órganos por exposición prolongada.

Asimismo la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA) del Minagri lo considera una sustancia extremadamente peligrosa, debido a los efectos negativos que produce al ambiente y los riesgos que representa para la salud humana.

Actualmente, el registro de plaguicidas químicos de uso agrícola se realiza conforme al Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola y la Decisión 804 de la Comunidad Andina (CAN), (modificatoria de la Decisión 436, Norma andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola), así como la Resolución 2075 que aprueba el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola.

El proceso de registro consiste en la evaluación administrativa que implica cumplir los requisitos documentarios y formalidades de carácter legal, aspectos agronómicos y especificaciones técnicas a cargo del Senasa, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) del Ministerio de Salud (Minsa) para los aspectos de toxicología humana y la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Minagri, en los aspectos ambientales.

Los plaguicidas registrados están sujetos a procesos de reevaluación de acuerdo a una nueva información técnico – científica sobre la eficacia, toxicidad o ecotoxicidad, que podrían implicar en algunos casos restricciones para su registro o en otros casos hasta su prohibición.

Los plaguicidas químicos son útiles para proteger los cultivos y productos agropecuarios, de las plagas, sin embargo representan serios riesgos para la salud y el ambiente si se producen, comercializan, usan y manejan en condiciones no apropiadas o si no se utilizan de manera adecuada, por lo que el Estado debe regularlos para salvaguardar de la salud humana y el ambiente.

FUENTE: Andina

Etiquetas: agriculturaAgricultura FamiliarMinagriMinisterio de Agricultura y RiegoOrganización Mundial de la SaludPerúPlaguicidassector agrarioSenasa

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