El Midagri, a través del Senasa, prohibió los plaguicidas agrícolas que contengan forato, pues se clasifica como extremadamente tóxico.
A través de la Resolución Directoral N.° 002-2021-MIDAGRI-SENASA-DIAIA, se prohibió el registro, importación, fabricación, formulación local, distribución, comercialización, almacenamiento, envasado y uso de formulaciones comerciales de plaguicidas agrícolas que contengan el ingrediente activo forato, plaguicida de uso agrícola con actividad insecticida, acaricida y nematicida.
Dicha decisión se fundamenta en la novena reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam, celebrada en 2019, que clasifica al plaguicida forato como extremadamente peligroso y tóxico. Para ello se tomó como fundamento el documento de orientación para la toma de decisiones en el cual se indica que Brasil prohibió dicho producto por los riesgos a los que trabajadores agrícolas, transeúntes y población se exponen.
Cabe precisar que el forato no tiene ninguna formulación registrada en el Perú ni se distribuye o comercializa; en dicho sentido, la medida se viene llevando a cabo de forma preventiva.
FUENTE: Fresh Fruit