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jueves, 25 de abril, 2024

Prevención ante el no pago de la fruta por parte de importadores internacionales

Es fundamental que los agroexportadores tomen una serie de medidas preventivas para evitar cualquier daño o perjuicio, como la escrituración de un contrato y el establecimiento de distintas cláusulas. 

Los funestos efectos económicos provocados por la COVID-19 a nivel mundial pueden llevar a que muchas agroexportadoras sientan el temor de que los importadores no sean capaces de pagar por la fruta que está por ser enviada o se encuentra en tránsito a su destino final.

En este escenario, es fundamental que las agroexportadoras peruanas tomen una serie de medidas preventivas para evitar cualquier daño o perjuicio.

 

Escritura de un contrato

Lo que más protege al exportador será la escrituración de un contrato, con cláusulas básicas, donde se deberá determinar claramente las partes, los precios y la forma de pago.

Además, ponemos mucho énfasis en las cláusulas de inspección de la mercadería al arribo de la fruta, una cláusula arbitral que se adecue al país de destino y la ley aplicable en este caso. De esta forma, los términos acordados en las negociaciones no podrán ser desconocidos por las partes.

En caso de que el importador y exportador prefieran hacer sus negocios de manera formal, como suele ocurrir en la industria, es relevante que la operación, o al menos ciertas partes claves de ella, queden claramente consignadas por escrito, ya sea a través de correos electrónicos u otros medios que permitan confirmar y corroborar los términos del negocio acordado.

De esta manera, existe constancia documentada de las conversaciones entre las partes, incluso aunque haya habido contrato, las condiciones pueden variar durante la temporada, y estos cambios constarán únicamente por medios informales y no procederán con una adenda o modificación de contrato para formalizar la renovación de ciertas cláusulas.

 

Cláusulas importantes

En caso de que el exportador decida dejar constancia de todos los términos por escrito de un contrato, será fundamental que este cuente con al menos dos cláusulas consideradas de las más esenciales: la inspección y, sobre todo, la arbitral.

La de inspección permite que el importado/comprador cuente con un determinado lapso para poder hacer una revisión de la carga recibida en el puerto de arribo. Así, en caso de tener algún tipo de disconformidad con lo recibido, pueda informárselo al exportador dentro de este plazo con el fin de cumplir con el protocolo de reclamo de acuerdo con lo establecido en esta misma cláusula. Cualquier reclamo hecho fuera de plazo, se entendería como una aceptación tácita por parte del comprador de la mercadería recibida.

La cláusula arbitral se incluye, en gran parte, por el hecho de que los importadores se encuentran en el extranjero. Por tal motivo, esta permitiría resolver un eventual conflicto entre las partes ante un organismo neutro, previamente definido, es decir, un tribunal que tenga jurisdicción internacional. De esta forma, ninguna de las partes se verá favorecida por estar sometida a la ley del lugar de su domicilio.

De esta manera, en caso de generarse una disputa por falta de pago o pagos incompletos, debido a que el importador deudor haya invocado una situación de insolvencia o reestructuración en el lugar de su domicilio, el caso no sería conocido por un tribunal de justicia en el país de dicho deudor, sino que la competencia sería en un tribunal arbitral internacional.

 

Un escenario promisorio

Estas medidas ayudarán a proteger al exportador y su mercadería considerando que, a raíz de la COVID-19, diversos organismos como la Organización Mundial de la Salud (OMS), han declarado que se debe mantener una alimentación saludable que fortalezca el sistema inmunológico ayudando al cuerpo a resistir de mejor forma el virus, enfatizando el consumo de frutas y verduras frescas.

De hecho, a pesar de la difícil coyuntura generada por la pandemia, Perú no ha dejado de exportar fruta a los principales mercados internacionales, debido a la alta demanda mundial de alimentos. En los primeros cinco meses del año, las exportaciones peruanas de fruta crecieron 11.6% respecto a similar periodo del año pasado, y el Perú se encuentra entre los 15 principales exportadores mundiales de fruta.

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