Como Exportador Autorizado, podrán reducir el tiempo y costos de sus operaciones. MINCETUR dictará capacitaciones para acceder a esta medida.
Para continuar con la facilitación de las operaciones de comercio exterior, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el reglamento del Exportador Autorizado. Este dispone que los exportadores frecuentes podrán obtener la autorización para emitir sus propias certificaciones de origen. Así acreditarán por ellos mismos que sus productos cumplen con lo dispuesto en los acuerdos comerciales firmados por el Perú.
Las empresas que obtengan esta autorización ya no tendrán que emitir este certificado a través de una entidad certificadora. Con esta medida, se facilita el ingreso de productos peruanos a mercados como la Unión Europea, Japón, Panamá Costa Rica y Honduras así como con los Estados Miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio.
Con esta medida, los exportadores frecuentes podrán certificar sus productos de forma ágil e independiente. Esto los beneficia al reducir el tiempo y costo en el proceso de exportación de las mercancías. Para que los exportadores puedan aprovechar la medida que entrará en vigencia desde el 28 de junio, el Mincetur otorgará capacitaciones para exportadores que deseen acogerse a la medida y agilizar sus operaciones.
Cómo ser un Exportador Autorizado
El reglamento emitido a través del Decreto Supremo Nº 006-2020-MINCETUR establece que el Mincetur será la autoridad competente para otorgar la autorización de Exportador Autorizado. También dispone que los exportadores que podrán ser autorizados para emitir sus propias declaraciones de origen deberán acreditar que han realizado al menos diez operaciones de exportación de mercancías durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
Sobre las capacitaciones
MINCETUR ha organizado charlas virtuales dirigidas a los exportadores. De este modo los empresarios interesados podrán recibir información que les ayude a profundizar sobre cómo acceder a esta medida de facilitación.
FUENTE: Mincetur