La norma fomenta la reactivación del sector agropecuario, priorizando la agricultura familiar, y el fortalecimiento del Banco Agropecuario (Agrobanco), la cual había sido aprobada por el Congreso de la República.
El Poder Ejecutivo oficializó la ley que fomenta la reactivación del sector agropecuario, priorizando la agricultura familiar, y el fortalecimiento del Banco Agropecuario (Agrobanco), la cual había sido aprobada por el Congreso de la República.
A través de la Ley 31191, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se busca ampliar la cobertura crediticia de Agrobanco a los productores amparados en la promoción y desarrollo de la agricultura familiar.
La norma también dispone la ampliación del seguro agrícola catastrófico, priorizando al productor de la agricultura familiar; así como la ampliación de la cobertura en las regiones que no cuentan con este beneficio.
Dicha ampliación se financia con cargo a los recursos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), relacionados con el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario (Fogasa), en función al presupuesto asignado.
La referida ampliación se implementa en las medidas que al respecto apruebe el consejo directivo del Fogasa.
Asimismo, se autoriza la reprogramación de obligaciones crediticias que mantienen los pequeños productores de la agricultura familiar con el Agrobanco.
La mencionada reprogramación no debe considerar la capitalización de intereses, moras u otro concepto similar. Para tal efecto, Cofide y el Agrobanco suscribirán el contrato de garantía correspondiente en un plazo no mayor a cinco días hábiles.
Se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas, Midagri y Agrobanco para que ejerzan las acciones pertinentes, conforme a sus competencias y atribuciones, para la implementación de la presente ley.
El Poder Ejecutivo, a través del Midagri, emitirá las normas reglamentarias requeridas en un plazo de 60 días calendario, contados desde mañana viernes 7 de mayo.
FUENTE: Andina